Facturar en dólares en Perú: cómo funciona y qué debes saber
Por Clinton Lago, gerente de CambiosRapido
Si tu empresa exporta servicios, cobra a clientes del extranjero o simplemente prefiere fijar precios en dólares para no perder margen con la volatilidad del sol, tarde o temprano te vas a topar con la misma pregunta: ¿puedo facturar en dólares y cómo lo declaro ante SUNAT? La respuesta corta es sí, pero la norma tributaria peruana exige convertir todo a soles con un tipo de cambio específico —no el que te da tu banco ni el de la calle— y ese detalle es justamente donde más empresas se equivocan.
¿Vas a cobrar o pagar una factura en dólares? Mira cuántos soles son al precio de hoy en el conversor de dólar a soles. Para el registro contable se usa otro valor: el tipo de cambio SUNAT.
¿Es legal emitir facturas en dólares en Perú?
Sí. El Reglamento de Comprobantes de Pago no prohíbe consignar el monto de una operación en moneda extranjera, siempre que el comprobante cumpla con los requisitos mínimos de forma: RUC del emisor, numeración correlativa y demás datos exigidos. Lo que sí exige SUNAT, según criterio aplicado a comprobantes emitidos en moneda extranjera, es que además del importe en dólares se incluya el equivalente en soles.
La propia SUNAT lo ha precisado en pronunciamientos sobre comprobantes de pago en moneda extranjera: son válidos para sustentar gasto o costo los recibos donde se hubiere consignado el importe neto recibido en moneda extranjera, numérica y literalmente, y adicionalmente se hubiere señalado en forma literal el equivalente del monto de la operación en nuevos soles, siempre que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago. Este mismo criterio de "doble consignación" (moneda extranjera + equivalente en soles) es el que en la práctica aplican los sistemas de facturación electrónica para cualquier tipo de comprobante en USD, no solo para recibos por honorarios.
En otras palabras: puedes pactar y mostrar el precio en dólares, pero el sistema tributario peruano sigue funcionando en soles, y ese equivalente tiene que aparecer sí o sí en el documento.
Qué tipo de cambio corresponde usar (y por qué no es el de tu banco)
Este es el punto que genera más confusión. Para efectos del Impuesto General a las Ventas, la normativa señala que cuando las operaciones se realizan en moneda extranjera, la conversión a moneda nacional debe efectuarse utilizando el Tipo de Cambio Promedio Ponderado Venta publicado por la SBS, regulado en el numeral 17 del artículo 5 del Reglamento de la Ley del IGV. No es el tipo de cambio que ofrece tu banco, ni el de una casa de cambio, ni un promedio que saques del mercado paralelo: es específicamente el publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Aquí entra la SUNAT como intermediaria de esa información: la SUNAT no genera un tipo de cambio propio basado en el mercado interbancario, sino que adopta el tipo de cambio de cierre publicado por la SBS del día anterior, y lo pone a disposición en su portal para que contadores y sistemas de facturación no tengan que ir a buscarlo a otra fuente. La regla práctica queda así: para facturar en dólares debes usar el tipo de cambio venta publicado por la SUNAT en la fecha de emisión de la factura, que corresponde al tipo de cambio de cierre del día anterior publicado por la SBS.
Si necesitas verificar la cotización oficial antes de emitir un comprobante de alto valor, conviene revisar siempre la fuente del día en nuestra sección sobre el tipo de cambio SUNAT hoy, en lugar de confiar en capturas de pantalla de terceros o en apps que no citan su fuente.
Regla rápida: el tipo de cambio que corresponde no es el del día en que registras contablemente la operación, sino el vigente en la fecha en que nace la obligación tributaria (normalmente la fecha de emisión del comprobante o de percepción del pago, lo que ocurra primero).
Cómo se declara: todo termina convertido a soles
Aunque el comprobante muestre montos en dólares, el Estado peruano no recauda en moneda extranjera. Todo el flujo posterior —registro de ventas, registro de compras, PDT o declaración mensual del IGV, libros electrónicos— se presenta en soles usando la conversión hecha al tipo de cambio correspondiente en la fecha de nacimiento de la obligación tributaria, no en la fecha en que efectivamente cambias los dólares por soles en el banco.
Esto significa que dos facturas idénticas en dólares, emitidas en fechas distintas, pueden arrojar montos diferentes en soles para efectos de IGV simplemente porque el tipo de cambio de cierre SBS varió de un día a otro. Por eso es clave documentar en cada comprobante o en el respaldo contable qué tipo de cambio se usó y de qué fecha, para poder sustentarlo si SUNAT pide detalle en una fiscalización.
Diferencia de cambio: cuando cobras después a otra cotización
Un caso frecuente: emites la factura en dólares un día, pero el cliente te paga varios días o semanas después, cuando el tipo de cambio ya es distinto. Esa diferencia entre el valor registrado al emitir y el valor real al momento del cobro genera lo que contablemente se conoce como diferencia de cambio, y puede representar una ganancia o una pérdida según hacia dónde se haya movido la cotización.
La práctica contable peruana, siguiendo la NIC 21 sobre efectos de las variaciones en tipos de cambio, resuelve el criterio de qué tasa usar para cada tipo de cuenta de forma consistente: los profesionales contables en el país, siguiendo el principio de prudencia, han adoptado la práctica de contabilizar las operaciones referidas al activo al tipo de cambio promedio ponderado de compra, y las referidas al pasivo al tipo de cambio promedio ponderado de venta, vigente en la fecha de la operación. Si tu empresa cobra habitualmente en dólares con plazos de pago largos, vale la pena que tu contador registre esta diferencia de forma ordenada mes a mes, en lugar de ajustarla recién al cierre anual.
Errores más comunes al facturar en dólares
La mayoría de observaciones de SUNAT relacionadas a moneda extranjera no vienen de facturar mal, sino de convertir mal. Los errores que más se repiten:
- Usar el tipo de cambio del banco o de una casa de cambio en vez del publicado para efectos tributarios, lo que genera un IGV calculado sobre una base distinta a la exigida por norma.
- Tomar el tipo de cambio del día en que se cobra la factura en vez del día en que nació la obligación tributaria (normalmente la fecha de emisión).
- No consignar el equivalente en soles dentro del comprobante, dejando solo el monto en dólares.
- Mezclar criterios entre el registro de ventas y el de compras, aplicando compra donde corresponde venta o viceversa.
- No dejar constancia de qué fuente y fecha de tipo de cambio se usó, lo que complica sustentar la operación ante una revisión.
Consecuencias de aplicar mal el tipo de cambio
Esto no es un detalle menor de formato. Aplicar incorrectamente el tipo de cambio puede generar diferencias en la determinación del IGV, errores en el cálculo del Impuesto a la Renta, inconsistencias en libros contables y registros electrónicos, y observaciones en fiscalizaciones de SUNAT. En la práctica, esto se traduce en que un tipo de cambio distinto al oficial puede generar observaciones en una auditoría tributaria, ya que SUNAT puede recalcular las obligaciones usando su tipo de cambio oficial y generar diferencias de impuesto, intereses y multas.
Para negocios que además pagan a proveedores en el extranjero o mueven fondos hacia otros países de la región, este mismo criterio de conversión aplica de forma similar: conviene revisar cómo pagar a un proveedor en el extranjero sin generar descuadres cambiarios en tu contabilidad, y si el flujo de negocio incluye a Bolivia, entender cómo funciona enviar dinero entre Bolivia y Perú para no depender de un solo canal cambiario en operaciones recurrentes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo emitir boletas de venta en dólares, o solo facturas?
El mismo criterio de consignar el monto en moneda extranjera junto con su equivalente en soles aplica a cualquier comprobante de pago que cumpla los requisitos del Reglamento de Comprobantes de Pago, no solo a facturas. Lo relevante es que el sistema de facturación electrónica que uses soporte esa doble consignación.
¿Qué pasa si facturo en dólares pero el cliente me paga en soles?
El comprobante debe mantener el monto pactado en dólares y su equivalente en soles calculado con el tipo de cambio que corresponda a la fecha de emisión. El hecho de que el pago final se haga en soles no cambia la conversión que ya quedó registrada en el comprobante; puede generar una diferencia de cambio si el pago ocurre en una fecha distinta con otra cotización.
¿El IGV se declara en dólares o en soles?
Siempre en soles. Aunque la operación se pacte y facture en dólares, la conversión para efectos del IGV se hace al tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la SBS en la fecha de nacimiento de la obligación tributaria, y así se presenta en el registro de ventas y en la declaración mensual.
¿Qué tipo de cambio uso si emito una nota de crédito sobre una factura en dólares?
La nota de crédito o débito debe usar el mismo tipo de cambio que se aplicó en el comprobante original que está modificando, no el tipo de cambio vigente en la fecha en que se emite la nota.
¿Dónde consulto el tipo de cambio oficial para facturar del día de hoy?
Puedes revisar la cotización actualizada de compra y venta en la sección de tipo de cambio SUNAT de este blog, que se actualiza siguiendo la publicación oficial derivada del cierre SBS del día hábil anterior.
¿Facturar en dólares me protege de la devaluación del sol?
Fijar el precio en dólares protege el valor pactado frente al cliente, pero no elimina el riesgo cambiario en tu contabilidad: la diferencia entre el tipo de cambio del día de emisión y el del día de cobro sigue generando una ganancia o pérdida por diferencia de cambio que debe registrarse.
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Fuentes
- Tipo de Cambio para el Registro de Compras y Ventas | Perú Contable — consultado el 2026-09-25
- Tipo de Cambio Sunat vs SBS: ¿Cuál debes usar para tu contabilidad? | Market Dollar — consultado el 2026-09-25
- Tipo de Cambio SUNAT Hoy 2026 | ComparaBancaPeru — consultado el 2026-09-25
- INFORME N° 209-2001-SUNAT/K00000 — consultado el 2026-09-25
- Aplicación de los Tipos de Cambio Para Efectos Contables y Tributarios | MEF — consultado el 2026-09-25
- Tipo de Cambio SUNAT hoy en Perú | Market Dollar — consultado el 2026-09-25